La comisión razona que Alerta Digital vulneró el artículo 7 del Código deontológico, que “conmina al periodista a la abstención de cualquier tipo de alusiones, expresiones o testimonios discriminatorios”.
La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología periodística consideró en su resolución 2014/84, publicada en marzo de 2014, que el periódico digital Alerta Digital incumplió el artículo 7 del Código deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), al titular una noticia “con una expresión que contiene términos de orden misógino y xenófobo, vejatorios para la condición personal de los individuos”.